EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforman los artículos transitorios primero, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal Del Trabajo; de la Ley Del Seguro Social; de la Ley Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, en materia de subcontratación laboral.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Julio-2021
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Julio-2021
- Trabajo y Previsión Social
- Hacienda y Crédito Público


30-Julio-2021

Aprobación en el Senado:
30-Julio-2021

Publicación en el DOF:
31-Julio-2021
Establecer como fecha límite el 1 de Septiembre del 2021 el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; así como transferir a la persona beneficiaria en dicho plazo y reconocer los derechos laborales, incluida su antigüedad, que se hubieran generado por el efecto de la relación de trabajo.

Las empresas que hayan solicitado al Instituto Mexicano del Seguro Social la asignación de uno o más registros patronales por clase para realizar la inscripción de sus trabajadores a nivel nacional tendrán como fecha límite el 1 de septiembre de 2021 para dar de baja dichos registros patronales y de ser procedente, solicitar al mencionado Instituto se le otorgue un registro patronal en términos de lo dispuesto por el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Establecer que tendrán como fecha límite el 1 de Septiembre del 2021 las personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas para proporcionar la información derivada de la relación laboral de los trabajadores.

Considerar a partir del año fiscal 2022, como sustitución patronal la migración de trabajadores de las empresas que operaban bajo el régimen de subcontratación laboral, siempre y cuando la empresa destino de los trabajadores reconozca sus derechos laborales, incluyendo la antigüedad de los mismos y los riesgos de trabajo terminados, ante las instancias legales correspondientes
1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 21 de julio de 2021.

b) Iniciativa presentada por la Sen. Kenia López Rabadán (PAN), el 21 de julio de 2021

2. Declaratoria de publicidad emitida el 30 de julio de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión extraordinaria en la Cámara de Diputados el 30 de julio de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 371 votos a favor, 71 en contra y 2 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores en sesión extraordinaria el 30 de julio de 2021, en votación económica se autoriza someterla a discusión y votación de inmediato.

6. Aprobado en la Cámara de Senadores el proyecto de decreto en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 85 votos a favor y 22 en contra.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 31 de julio de 2021.