EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se adiciona un título decimo al Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Abril-2021
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias


20-Abril-2021

Publicación en el DOF:
27-Abril-2021
Las iniciativas cuyo plazo para hacer dictaminadas y/o resueltas haya vencido y que no fueron procesadas durante la legislatura saliente quedarán bajo el resguardo de la Secretaría de Servicios Parlamentarios hasta el término del primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la legislatura entrante.

La secretaría de Servicios Parlamentarios al finalizar la legislatura saliente publicará el listado respectivo en la gaceta parlamentaria así como en un micrositio de la Cámara de Diputados.

La diputada o diputado electo para un período consecutivo que haya sido iniciante en la legislatura anterior los grupos parlamentarios a través de su coordinador o coordinadora o la junta directiva de las comisiones ordinarias nene ejercicio podrán solicitar a la presidencia de la mesa directiva que se turne una o varias de las iniciativas que se encuentren en el instante referido. Estás iniciativas serán turnadas a las comisiones correspondientes y serán procesadas en los términos reglamentarios.

Las iniciativas que no fuesen solicitadas para hacer turnadas a la o las comisiones correspondientes durante el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la legislatura entrante se tendrán por desechadas y se archivarán como asunto total y definitivamente concluidos.

Las minutas cuyo plazo para hacer dictaminadas y o resueltas hayan vencido que no fueron procesadas durante la legislatura de conformidad con el artículo 95 y 184 que tengan una antigüedad mayor a dos legislaturas se integran en un en un listado elaborado por la mesa directiva que será hecho del conocimiento del pleno de la cámara y comunicado a la colegisladora para recabar su acuerdo respecto a su desahogo en términos de lo dispuesto por el artículo 72 constitucional.

La secretaría de Servicios parlamentarios al finalizar la legislatura elaborará un listado con las iniciativas y minutas que no hayan sido dictaminadas y resueltas y cuyo plazo continúe vigente el cual será remitido a la mesa directiva de la legislatura entrante para su publicación en la gaceta parlamentaria.

Los dictámenes de iniciativas minutos y puntos de acuerdo que se encuentran en poder de la mesa directiva serán devueltos a las comisiones correspondientes en calidad de proyectos las comisiones deberán elaborar un acuerdo dentro del primer mes de su de sus trabajos a partir de su instalación donde señala En qué proyectos serán desechados y cuáles serán procesados para su nueva discusión.

En caso de que un proyecto de dictamen corresponda comisiones unidas la comisión que encabeza el turno será la encargada de realizar el acuerdo señalado en el numeral anterior.
1. Iniciativa presentada por los integrantes de la Mesa Directiva y de la Junta de Coordinación Pólitica el 20 de abril de 2021.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 20 de abril de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 20 de abril de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 450 votos a favor y 1 abstención.

4. Puplíquese en el Diario Oficial de la Federación.

5. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 27 de abril de 2021.