EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Vivienda Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 19-Noviembre-2020 Gaceta Cámara de Senadores: 9-Diciembre-2020 |
- Vivienda 19-Noviembre-2020 Aprobación en el Senado: 9-Diciembre-2020 Publicación en el DOF: 16-Diciembre-2020 |
Establecer que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, hará del conocimiento al trabajador el derecho a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda y en su caso, sus beneficiarios, una vez transcurridos los 10 años de que sean exigibles por medio de aviso sobre el tiempo transcurrido desde que el derecho era exigible de tal forma que pueda acudir a dicho Instituto a reclamar los recursos. En caso de que hayan transcurrido los 10 años sin que el trabajador, y en su caso, los beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores podrá utilizar dichos recursos para constituir una reserva financiera que administrará dicho Instituto. La suficiencia de la Reserva Financiera, deberá ser dictaminada de forma anual, por un tercero independiente, designado por el Consejo de Administración del mencionado Instituto. |
1. Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro Carvajal Hidalgo (MORENA) el 22 de noviembre de 2018. 2. Declaratoria de publicidad emitida el 18 de noviembre de 2020. 3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 19 de noviembre de 2020, Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 455 votos a favor y 1 en contra 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de noviembre de 2020. se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda, de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Segunda. 6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2020. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 90 votos a favor. 7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 16 de diciembre de 2020. |