EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforma el Título del Capítulo II y los artículos 9,10,12,13,15 y 17 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2021
- Pueblos Indígenas


28-Abril-2021

Establecer que, es derecho de toda persona mexicana hablante de Lenguas Indígenas, comunicarse en la lengua de la que sea hablante, sin restricciones en el ámbito público o privado en forma oral o escrita. Las autoridades federales responsables de la procuración y administración de justicia, agraria y laboral, proveerán lo necesario a efecto que, en los juicios, las personas indígenas sean asistidas gratuitamente en todo momento por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua indígena y cultura. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Olga Patricia Sosa Ruiz, (PES), el 1 de septiembre de 2020.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de abril de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 443 votos a favor y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.