EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y del Decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Octubre-2020
- Hacienda y Crédito Público


19-Octubre-2020

Establecer que, el límite de Financiamiento anual que podrá ser contratado por un Ente Público, con Fuente de pago de Ingresos de libre disposición, considerando, en su caso, las amortizaciones realizadas de la Deuda Pública durante el ejercicio fiscal que se trate.

Las estimaciones del costo base del mecanismo de obra pública tradicional, deberán incluir los costos de la etapa de diseño, implementación, construcción, equipamiento, operación, mantenimiento durante el horizonte de evaluación y en su caso, el costo social de la espera pública, así como la valoración de riesgos retenibles y transferibles y los ingresos de terceras fuentes.

Adicionar que, en la celebración de las operaciones de Refinanciamiento o Reestructuración, el Ente Público deberá informar a la Legislatura local sobre la celebración de este tipo de operaciones, así como presentar la solicitud de inscripción de dicho Refinanciamiento o Reestructuración ante el Registro Público Único.

El porcentaje relativo a los adeudos del ejercicio fiscal anterior de las Entidades Federativas establecidos en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, será del 5 por ciento para el ejercicio 2021, 4 por ciento para el 2022, 3 por ciento para el 2023 y, a partir del 2024 se observará el porcentaje establecido en la ley referida.
1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por integrantes de diversos grupos parlamentarios el 14 de abril de 2020.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Mario Delgado Carrillo (MORENA), el 21 de abril de 2020.

c) Iniciativa presentada por el Dip. Carol Antonio Altamirano (MORENA), el 28 de abril de 2020

d) Iniciativa presentada por el Dip. Daniel Gutiérrez Gutiérrez (MORENA), el 08 de julio de 2020.

2. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 15 de octubre de 2020, aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 345 votos a favor, 49 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2020, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda.