EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Diciembre-2018
- Gobernación y Población


13-Diciembre-2018

Aprobación en el Senado:
23-Abril-2019

Establecer que el Diario Oficial de la Federación se publicará en forma electrónica y su edición tendrá carácter oficial. Además de la edición electrónica, se imprimirán siete ejemplares, con idénticas características y contenido, para efectos de evidencia documental física, así como para garantizar la publicación del Diario Oficial de la Federación en los casos en que resulte imposible por causas de fuerza mayor, acceder a su edición electrónica. Los siete ejemplares quedarán en custodia en las siguientes instituciones: en la hemeroteca del propio organismo, en la hemeroteca de la Universidad Nacional Autónoma de México, en el Archivo General de la Nación, en la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República, en la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en la oficina de la Presidencia de la República. El acceso a la edición electrónica del Diario Oficial de la Federación será gratuito. La autoridad competente determinará las condiciones de acceso a la edición electrónica del Diario Oficial de la Federación y señalará los domicilios de las oficinas en las Entidades Federativas en las que se brindarán facilidades para la consulta del Diario Oficial de la Federación a las personas que no tengan posibilidad de acceder a tecnologías de la información y comunicación. La autoridad competente deberá adoptar las medidas de índole técnico-administrativas, ambientales y tecnológicas, para la adecuada custodia y preservación de las ediciones del Diario Oficial de la Federación y documentos de archivo, tanto en su formato electrónico como impreso. 1. Iniciativa de la Dip. Karla Yuritzi Almazán Burgos y a nombre de Diputadas y Diputados de su Grupo Parlamentario (MORENA), el 06 de noviembre de 2018.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 462 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de diciembre de 2018. Se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y lo particular por 107 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM