EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 390 del Código Penal Federal, en materia de extorsión. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 14-Octubre-2020 |
- Justicia 14-Octubre-2020 |
Establece que las penas se aumentarán hasta en una tercera parte si el sujeto activo tiene una relación laboral o de parentesco hasta el cuarto grado con la víctima, o si ésta es menor de dieciocho o mayor de sesenta años de edad, o tiene alguna discapacidad. Con independencia de las penas que correspondan por la comisión de otros delitos, las penas se aumentarán hasta en una mitad si el constreñimiento se obtiene mediante violencia física, psicológica o moral. Sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan, se aplicarán hasta las dos terceras partes de las penas previstas en el párrafo anterior al servidor público o autoridad penitenciaria que faciliten los medios o condiciones para la comisión de este delito. |
1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa presentada por la Dip. Mariana Rodríguez Mier y Terán (PRI), el 5 de noviembre de 2019. b) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Martín Espinoza Cárdenas (MC), el 26 de noviembre de 2019. c) Iniciativa presentada por la Dip. Saraí Núñez Cerón (PAN), el 12 de diciembre de 2019. d) Iniciativa presentada por la Dip. Adriana Gabriela Medina Ortíz (MC), el 11 de febrero de 2020. e) Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Arturo Arguelles Victorero (PES), el 15 de enero de 2020. 2. Declaratoria de publicidad emitida en Sesión del 6 de octubre de 2020. 3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2020, aprobado en lo general y en lo particular por 382 votos a favor y 1 en contra. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2020, se turnó a las comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos. |