EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Noviembre-2019
- Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria


28-Noviembre-2019

Establecer que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación con el Comité Nacional, formulará el Programa Nacional de la Agroindustria de la Caña de Azúcar dentro de los seis meses posteriores a la publicación del Plan Nacional de Desarrollo en el Diario Oficial de la Federación.

Indicar como facultades y obligaciones de la Junta Directiva del Comité Nacional publicitar y transparentar la toma de decisiones que genere efectos sobre los sujetos, actividades, procesos, producción, industrialización y comercialización de la caña de azúcar, sus coproductos, subproductos y derivados; y remitir anualmente a las Cámaras del Congreso de la Unión un informe sobre el avance y grado de cumplimiento de las acciones, objetivos y prioridades determinados en el Programa Nacional de la Agroindustria de la Caña de Azúcar.

Indicar como facultades y obligaciones de los comités fomentar y propiciar la participación y consulta de los abastecedores de caña, vigilando que sus opiniones sean incluidas en la toma de decisiones; y realizar convenios con el Centro Nacional de Metrología para que valide y certifique la calibración de las básculas de los ingenios y realice una inspección periódica, por lo menos dos veces al año.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Irineo Molina Espinoza (MORENA) el 30 de abril de 2019.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 417 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de diciembre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos, Primera.